Por primera vez el Ministerio de Cultura, a través del ICAA, acaba de convocar la convocatoria a una nueva linea de Ayudas a la distribución internacional de películas cinematográficas españolas, cuyos beneficiarios son exclusivamente las agencias de ventas internacionales, que son un sector clave en la cadena de valor de la industria audiovisual.
Financiadas con fondos Next Generation de la Unión Europea y con una cuantía total de 3.000.000 de euros, estas ayudas tienen el objetivo de favorecer la comercialización de las películas españolas en el exterior, como vía para lograr una mayor internacionalización de nuestra industria cinematográfica.
Las ayudas se dirigen a las agencias de ventas internacionales independientes, subvencionando los gastos directamente relacionados con la promoción internacional de la película (gastos de publicidad y promoción, así como gastos por la adquisición de derechos de explotación y el alquiler de stand en mercados) con el objeto de favorecer su distribución y venta a otros países.
La cuantía máxima por película asciende a 100.000€ y no podrá superar el 50% del total de los gastos subvencionables. La cuantificación de la ayuda dependerá también de la puntuación final alcanzada por cada solicitud, siendo la puntuación mínima para la concesión de la ayuda 50 puntos sobre 100.
Estas nuevas Ayudas son en concurrencia competitiva y están sujetas a la valoración de una serie de criterios establecidos en la convocatoria. La valoración de los criterios subjetivos será realizada con un comité asesor. Este estará encargado de analizar la estrategia de ventas internacionales, el historial de la agencia de ventas o el especial valor cultural de las películas, entre otras cuestiones.
Consulta la Resolución publicada en el BOE aquí. El plazo para presentar las solicitudes finaliza el 26 de octubre al 16 de noviembre.
¿Quién puede solicitar las ayudas?
Pueden solicitar estas ayudas las agencias de ventas internacionales independientes que no estén participadas mayoritariamente por una empresa de capital no comunitario ni por una prestadora de servicios de comunicación audiovisual, por un grupo de comunicación o por capital público.
Las agencias deben estar registradas en la sección cuarta del registro de empresas cinematográficas y audiovisuales del ICAA o bien registrarse en el momento de la solicitud de la ayuda.
Deben haber adquirido los derechos para la venta internacional de la película mediante un acuerdo o contrato suscrito con la productora de la misma.
Las agencias de ventas internacionales que soliciten la ayuda deberán haber firmado al menos un contrato con una distribuidora extranjera entre septiembre de 2021 y la publicación de esta convocatoria.
Dado que son ayudas con financiación del PRTR, los beneficiarios deben cumplir obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea. Recomendamos que se consulte la orden de bases, la convocatoria y el artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021 BOE.
¿Qué obras pueden participar?
Las ayudas apoyan la promoción internacional y la estrategia de ventas de películas cinematográficas españolas, largometraje o cortometraje, que tengan nacionalidad española o estén en disposición de obtenerla. Las películas que se presenten deberán tener el certificado cultural expedido por el ICAA o estar en disposición de obtenerlo. También se podrán presentar coproducciones con al menos un 20% de participación española.