Producción de cine
Todo lo que debes saber sobre las nuevas ayudas del ICAA para incubadoras de proyectos audiovisuales
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3 años agoon
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Hace unas semanas os contamos en este post el lanzamiento de las nuevas Ayudas del ICAA para laboratorios e incubadoras de creación y desarrollo de proyectos audiovisuales.
Una linea de apoyo para las que el Gobierno de España va a destinar en su primera convocatoria un presupuesto de 9 millones de euros cuyo plazo de solicitud comienza el próximo 14 de febrero de 2022 a través de este enlace.
¿Te interesan? Pues toma nota porque esto es todo lo que tienes que saber al respecto:
¿Qué entiende el ICAA por laboratorios e incubadoras de creación y desarrollo de proyectos audiovisuales?
Se entiende por laboratorios e incubadoras a aquellos programas, foros, plataformas de pitching y residencias donde participen profesionales y empresas que superen previamente un proceso de selección y que comprendan actividades de formación, networking y tutoría para mejorar la competencia y competitividad de profesionales y empresas en los procesos creativos y de desarrollo de proyectos audiovisuales.
¿Es para cualquier formato audiovisual?
La tipología de proyectos audiovisuales engloba cortometrajes, largometrajes, series, narrativas inmersivas y de realidad virtual y otros contenidos audiovisuales y de carácter digital fundamentalmente narrativos, salvo videojuegos. Por supuesto, incluye también documentales, animación y cine experimental.
¿Qué cuantía se puede solicitar?
El importe máximo de ayuda que puede concederse a cada laboratorio e incubadora de creación y desarrollo de proyectos es de 500.000 euros para los dos años, 2022 y 2023, y además hay límites de cuantía según la puntuación alcanzada.
¿Cuándo termina el plazo para presentar las solicitudes?
El plazo para la presentación de solicitudes, acompañadas de la documentación preceptiva indicada en la convocatoria, finalizará el día 8 de marzo de 2022, a las 14 horas, hora peninsular.
¿Qué duración deben tener los laboratorios e incubadoras?
No se exige una duración específica, pero la iniciativa debe responder a una metodología de trabajo, formación y procedimiento de selección riguroso y ambicioso, especialmente orientado al fomento de la innovación en las narrativas, de la adquisición de habilidades emprendedoras de la coproducción, de la concienciación sobre la importancia de trabajar en el marketing, promoción y creación de audiencia desde las fases previas de la producción y de la vertebración de redes dentro del sector audiovisual. Por lo tanto, debe tener una duración suficiente para alcanzar los objetivos. Eso sí, la convocatoria es para la celebración de al menos una edición en 2022 y otra edición en 2023, de una dimensión similar o coherente con la propuesta.
¿Quién puede solicitar la ayuda?
Podrán ser beneficiarias las Comunidades Autónomas y los organismos y entidades de ellas dependientes; las entidades públicas que tengan la consideración de Corporaciones Locales y los organismos y entidades de ellas dependientes y las personas jurídicas con residencia legal o establecimiento en España en el momento de la percepción efectiva de la ayuda.
¿Qué condiciones deben reunir?
Tener residencia legal o establecimiento en España en el momento de la percepción efectiva de la ayuda; no incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre., General de subvenciones; cumplir con las obligaciones, europeas y nacionales, relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea; y algunas otras cuestiones expuestas en la convocatoria.
¿Se requieren ediciones anteriores o pueden ser nuevas?
Las iniciativas que se presenten deberán haber celebrado al menos una edición con anterioridad a esta convocatoria. De no ser el caso, las personas jurídicas y entidades promotoras de la actividad deberán contar con personas que ejerzan la dirección, coordinación o jefatura de estudios, que puedan demostrar una experiencia mínima de tres años seguidos coordinando iniciativas de formación y tutoría orientadas a proyectos que han pasado por un proceso de selección y en torno a las actividades de creación, producción, promoción y/o distribución de obras audiovisuales.
¿Cómo tendrá que demostrarse esta experiencia mínima?
A través de contratos o facturas (junto con su correspondiente transacción del pago efectuado) correspondientes a las fechas en que se haya desarrollado la actividad y que especifiquen la actividad llevada a cabo y el marco en que se llevó a cabo.
¿Qué gastos son subvencionables?
Serán subvencionables los gastos asociados a las actividades de formación, networking y tutoría tal y como se relacionan en la convocatoria.
Son elegibles: a) Gastos de personal y vinculados a la actividad presencial; b) Gastos vinculados a actividades online y procesos de digitalización; c) Gastos vinculados a sostenibilidad; d) Gastos en comunicación, prensa y publicidad; e) Gastos de desplazamientos y alojamiento; f) Premios y becas; g) Gastos de implantación de medidas de seguridad higiénico-sanitarias y laborales como consecuencia de la COVID-19, y h) Gastos subvencionables con limitaciones.
En la convocatoria se detallan más los gastos en función de cada una de estas categorías.
En ningún caso serán subvencionables: a) Gastos de realización de todo tipo de obras en inmuebles (ya sean en propiedad o en alquiler); b) Gastos realizados en equipamiento, teniendo tal consideración la adquisición de maquinaria, mobiliario, equipos informáticos, elementos de transporte y, en general, cualesquiera otros que incrementen el patrimonio de la persona o entidad beneficiaria, a excepción de algunos indicados específicamente en la convocatoria); c) Gastos financieros; d) Gastos de amortización; e) Gastos por tributos; y f) Los impuestos indirectos, tales como IVA, IGIC u otros similares, cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
¿Qué porcentaje de los gastos y presupuesto es subvencionable?
La ayuda que se solicite, como máximo, representará el 80% del total del proyecto y, como mínimo, el 20% del proyecto debe financiarse con fondos propios o con otras aportaciones privadas.
Tampoco la suma total de ayudas públicas no podrá superar dicho 80%, en caso de que reciba apoyo de otras administraciones del Estado o autonómicas.
¿Qué debe presentarse con la solicitud?
Información de la entidad o persona jurídica solicitante y específicamente:
- Memoria del proyecto, señalando de manera clara las actuaciones y actividades correspondientes y su alineación con las finalidades de esta línea de ayudas expuestas más adelante. El documento no podrá superar las 10 páginas ni las 3.500 palabras.
No se tendrá en consideración lo que supere estos límites.
- Se recomienda que la memoria responda a los criterios de valoración expuestos más adelante e incluir un videopitching del proyecto de una duración máxima de cinco minutos.
- Memoria que recoja los CVs del equipo principal de organización y coordinación del proyecto, con especial mención al cumplimiento de los requisitos del Apartado Cuarto.2, y CVs y trayectoria de tutores y otros posibles participantes. El documento no podrá superar las 5 páginas ni las 2.000 palabras. No se tendrá en consideración lo que supere estos límites.
- Presupuesto de ingresos y gastos de la actividad para la que se solicita la ayuda, con indicación del importe de la subvención solicitada.
- Declaraciones responsables de que se cumplen los requisitos y las normativas específicas.
¿Qué se valorará de los proyectos?
Se otorgará puntos en función de su relevancia en cinco categorías:
- Capacidad transformadora. Hasta 25 puntos.
- Impacto en la digitalización, desarrollo sostenible y cohesión territorial del sector. Hasta 20 puntos.
- Calidad del contenido y las actividades. Hasta 25 puntos.
- Equipo de coordinación, formadores y expertos. Hasta 20 puntos.
- Estimación presupuestaria y viabilidad del proyecto. Hasta 10 puntos.
La convocatoria desglosa más aún los puntos según estas categorías.
Contar con otras vías de financiación tendrá una alta consideración, así como que se otorguen premios o becas específicas a los proyectos que seleccionen y/o que superen asimismo una valoración positiva por parte de una comisión en el seno del laboratorio o incubadora.
¿Cómo se llevará a cabo el pago?
- El 50% se abonará en el momento de reconocimiento del derecho tras la resolución de concesión de la ayuda.
- El 50% restante se abonará, en el ejercicio 2023, tras la presentación en el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales de la documentación especificada sobre la actividad llevada a cabo en 2022.
¿Qué obligaciones tendrán las personas beneficiarias?
- Presentar, antes del 31 de marzo de 2023, un informe sobre la actividad realizada y una declaración responsable de gastos realizados, ambos documentos referidos a 2022.
- Presentar, antes del 31 de marzo de 2024, un informe sobre la actividad realizada y una declaración responsable de gastos realizados, ambos documentos referidos a 2023.
- Presentar, antes del 30 de julio de 2024, la justificación de la ayuda, conforme a lo indicado en la convocatoria.
- Atender al grupo de trabajo “Pantalla porvenir” creado en el seno de la Comisión Interterritorial de Cinematografía y Audiovisual (CÓMICA) sobre laboratorios e incubadoras cuando se les convoque desde el ICAA, y compartir públicamente y a través de licencia “Creative Commons” las conclusiones o aprendizajes de los laboratorios e incubadoras a través de un informe de cada edición con alto contenido didáctico.
- Hacer constar «Con la financiación del», traducida a otra lengua oficial en España cuando proceda, seguida de los logotipos del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el emblema de la Unión Europea – NextGenerationEU según se especifica en la convocatoria y en el Manual de Marca que está disponible en la página web del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual). Aquellos proyectos seleccionados y apoyados en los laboratorios e incubadoras también harán constar estos logos.
Licenciado en Comunicación Audiovisual, Master MBA y Master en Administración de Industrias Culturales. A lo largo de mi vida laboral he participado en la producción de diversos proyectos audiovisuales de televisión, publicidad, video digital y cine tanto en España como en Reino Unido, Perú y México. Desde 2018 trabajo Morena Films (Madrid) donde actualmente desarrollo mis propios proyectos como productor de cine y televisión.
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