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Producción de cine

Esta es la definición de «Director novel» según la nueva Ley del Cine

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Como te contaba en este otro post, este martes el Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley del Cine y de la Cultura Audiovisual, el nuevo texto que sustituirá a la vigente Ley del Cine de 2007.

Una nueva redacción de la principal norma que orquesta nuestra industria que entre otras novedades incluye una nueva definición de lo que por ley se entenderá, a partir de ahora, como director novel. Algo muy relevante si tenemos en cuenta que esta definición afecta, por ejemplo, a conseguir más o menos puntos a la hora de solicitar una ayuda.

La actual Ley decía que se consideraba nuevo realizador a aquel que no hubiese dirigido o codirigido «más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica». Una definición que a día de hoy, con el auge de las series y sobre todo el auge de los estrenos directos en plataformas de streaming, había quedado desfasada y desde luego incompleta.

Algo que ha venido a corregir la nueva redacción que queda de la siguiente manera:

«Realización novel: la efectuada por personas que no hayan dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica, o dirigido más de dos obras audiovisuales, de al menos 60 minutos cada una, o 200 minutos de una serie; que se hayan difundido a través de servicios de comunicación audiovisual.»

¿Qué opinas? ¿Te parece acertada la nueva definición?

Licenciado en Comunicación Audiovisual, Master MBA y Master en Administración de Industrias Culturales. A lo largo de mi vida laboral he participado en la producción de diversos proyectos audiovisuales de televisión, publicidad, video digital y cine tanto en España como en Reino Unido, Perú y México. Desde 2018 trabajo Morena Films (Madrid) donde actualmente desarrollo mis propios proyectos como productor de cine y televisión.

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