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Así cambia el reglamento del IRPF para cumplir con el Estatuto del Artista

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Rioja
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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del IRPF para dar cumplimiento a las medidas contenidas en el Estatuto del Artista en materia de retenciones con el objetivo de reducir las retenciones que soportan las personas con rentas más bajas de este colectivo.

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En concreto, la primera medida consiste en la reducción del 15% al 2% del tipo mínimo de retención aplicable a los rendimientos del trabajo que deriven de una relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de las personas que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.

En segundo lugar, se reduce el tipo de retención del 15% al 7% en relación con las actividades económicas desarrolladas por los artistas. Para ello será necesario que el artista hubiera obtenido en el período impositivo anterior unos rendimientos íntegros de tales actividades inferiores a 15.000 euros y que estos representen su principal fuente de renta, entendida esta última como más del 75% de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio.

La aprobación de estas medidas supone un paso más en el desarrollo del Estatuto del Artista. Un proceso que comenzó en septiembre de 2018, cuando el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó por unanimidad el informe de la Subcomisión para la elaboración del Estatuto del Artista.

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